SANTO DOMINGO, RD. — República Dominicana inicia este lunes una de las transformaciones jurídicas e institucionales más transcendentales de su historia republicana. Tras culminar el periodo de vacatio legis, entra en pleno ejercicio el nuevo Código Penal, promulgado mediante la Ley 74-25, dejando de lado el cuerpo normativo de 1884 de raíz napoleónica que rigió la justicia nacional durante casi siglo y medio.
El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Jorge Subero Isa, confirmó la entrada en vigor de la pieza legislativa luego de superar más de dos décadas de debates en las cámaras legislativas y de ser sometida a ajustes recientes para salvaguardar garantías fundamentales como la libertad de expresión y de pensamiento.
Un salto cualitativo: Nuevas tipificaciones y persecución del delito moderno
El código saliente, derivado del derecho francés de 1810 y adoptado de forma oficial en 1884 tras la consolidación de la Independencia Nacional, resultaba inoperante ante la sofisticación del crimen contemporáneo. La nueva ley integra avances doctrinarios de peso y tipifica ilícitos que carecían de sanción directa en el ordenamiento jurídico:
Feminicidio y violencia de género; tipificación autónoma con penas drásticas para enfrentar la violencia sistémica contra la mujer.
Ataques con sustancias corrosivas: Sanción severa y específica para las agresiones cometidas con el denominado “ácido del diablo”.
Autoría intelectual y crimen organizado; persecución y castigo directo a quienes planifican, financian u ordenan la comisión de delitos.
Ciberdelitos y fraudes digitales; tipificación clara para las estafas electrónicas, vulneraciones informáticas y falsificaciones en la era digital.
Principio de irretroactividad y coyuntura institucional
En el plano procesal, el marco normativo establece con claridad el principio constitucional de no retroactividad de la ley: toda infracción cometida a partir de este lunes será juzgada bajo la Ley 74-25, mientras que los procesos penales que se encuentran actualmente en curso continuarán su sustanciación bajo el código derogado de 1884.
Esta histórica entrada en vigor coincide en el tiempo con la convocatoria del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para la evaluación de 11 jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), incluido su presidente Luis Henry Molina, marcando un hito doble en la reestructuración del aparato judicial dominicano.