Los Hermanos Espaillat entrando a audiencia en el caso Jet Set. Imagen de fuente externa.
Santo Domingo.– El juicio de fondo por la tragedia que sacudió a la emblemática discoteca Jet Set el pasado 8 de abril de 2025 dio un giro sísmico en los tribunales del Distrito Nacional. Los abogados de las víctimas y de una decena de querellantes formales han solicitado de manera formal la variación de la calificación jurídica de homicidio involuntario a dolo eventual u homicidio voluntario, una maniobra legal que destruye el escenario de impunidad previo y coloca a los conocidos empresarios Antonio y Maribel Espaillat a las puertas de enfrentar una condena máxima de hasta 30 años de prisión de cárcel.
Hasta el momento, el expediente del caso Jet Set dormía en un limbo judicial tras haber sido enviado desde el juzgado de instrucción bajo la calificación técnica de “homicidio involuntario”, una tipificación benévola que conlleva una pena de miseria no mayor de dos años de prisión. Sin embargo, la gravedad de los desgarradores testimonios de los exempleados del establecimiento, vertidos durante la audiencia de este viernes 2 de octubre de 2026, obligó a un replanteo radical de la acusación civil.
La negligencia criminal que ignora las advertencias de muerte
El enfoque adoptado por la barra de la defensa civil de las víctimas, liderada por el reputado jurista Luis Aybar (representante de Gregory Adames y otros nueve afectados), destruye por completo la narrativa del “accidente fortuito” que pretendían vender los abogados de los hermanos Espaillat. Que una estructura colapse provocando luto en las familias dominicanas resulta un hecho intolerable cuando se demuestra de forma fáctica que los propietarios conocían el peligro latente y prefirieron seguir facturando antes que salvaguardar la vida de sus clientes y empleados.
Los testimonios de los exempleados Gregory Adames y Guillermo Castillo ante la Cuarta Sala Penal fueron fulminantes. Adames declaró bajo juramento que el establecimiento presentaba severas e históricas filtraciones de agua y problemas graves con los plafones del techo, situaciones que eran comunicadas de manera directa y reiterada a Antonio Espaillat. Pese a los intentos de la defensa por desacreditar el testimonio durante el contrainterrogatorio, la barra de los querellantes reveló un as bajo la manga: la existencia de mensajes de WhatsApp y evidencias digitales que demuestran que los dueños ignoraron las alarmas. Ante este panorama, el juez Franny González Castillo lanzó una dura advertencia a los imputados al recordarles que él no está atado a la calificación de origen y que modificará la tipificación si las pruebas demuestran el dolo, ordenando el reenvío de la audiencia para el próximo viernes a los fines de que la defensa prepare su estrategia ante la inminente pena de 30 años, mientras el Ministerio Público mantiene una postura tímida y conservadora a favor del homicidio involuntario.
El cambio de escenario penal en el juicio
Calificación de Instrucción (Anterior): Homicidio Involuntario. Pena máxima de apenas 2 años de cárcel.
Nueva Calificación Solicitada (Actual): Homicidio Voluntario / Dolo Eventual. Pena de hasta 30 años de reclusión mayor.
Las evidencias clave: Testimonios directos de fallas estructurales por parte de exempleados y registros certificados de conversaciones de WhatsApp previas al colapso del 8 de abril de 2025.