La Corte de Apelación desestimó los recursos de Telemicro, Viva y Aster, validando una condena de USD$30 millones y RD$11 millones a favor de Phoenix Tower por deudas en infraestructura telefónica.
Santo Domingo Este. – El imperio empresarial y de telecomunicaciones del reconocido magnate de los medios de comunicación en la República Dominicana, Juan Ramón Gómez Díaz, enfrenta uno de sus momentos jurídicos y financieros más críticos. La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación dictó la Sentencia Civil núm. 1500-2026-SSEN-00249, ratificando de manera íntegra la condena que obliga a sus principales corporaciones al pago de una multimillonaria deuda por concepto de arrendamiento de torres de telecomunicaciones.
El dictamen judicial confirma en todas sus partes el fallo de primer grado en contra de la Corporación de Televisión y Microonda Rafa, S.A. (Telemicro), buque insignia del empresario, así como de Trilogy Dominicana, S.A. (Viva) y Tecnología de la Comunicación Satelital Moderna, S.A. (Tecnodisa-Aster), entidades comerciales donde el conglomerado de Gómez Díaz mantiene una participación y representación medular.
Las empresas vinculadas al magnate deberán saldar de forma solidaria a favor de las firmas acreedoras, Phoenix Tower Dominicana, S.A.S. (PTD) y Teletorres del Caribe, S.A.S. (TTC), la suma líquida de treinta millones sesenta mil ciento cuarenta y cinco dólares de los Estados Unidos con 08/100 (USD$30,060,145.08), junto a once millones trescientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y uno pesos dominicanos con 94/100 (RD$11,344,441.94), más un recargo del 1.5% de interés mensual judicial.
Embargo retentivo masivo contra el emporio de Gómez Díaz
La sentencia de apelación, estructurada bajo la ponencia del magistrado Jorge U. Reyes Jáquez, declara la absoluta validez del embargo retentivo trabado contra las cuentas de las empresas del empresario. Esta orden faculta el congelamiento inmediato de fondos y valores pertenecientes a Telemicro, Viva y Aster en las principales entidades bancarias del país, incluyendo el Banco de Reservas, Banco Popular, Banco BHD, Scotiabank, Banco Caribe y la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos (APAP).
La retención de balances comerciales se extiende además a las multinacionales Claro y Altice Dominicana. La defensa legal de las empresas del magnate intentó frenar el dictamen mediante una solicitud de sobreseimiento del expediente y la reapertura de los debates, argumentando litigios paralelos. Sin embargo, la Corte desestimó de plano estas pretensiones incidentales por catalogarlas como tácticas dilatorias que buscaban prolongar injustificadamente el proceso, determinando que el derecho de defensa de los deudores estuvo garantizado durante los dos años que duró la instrucción en alzada.