SANTO DOMINGO.– El juez Rigoberto Sena, de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, impuso este lunes una garantía económica de 300 mil pesos y presentación periódica como medida de coerción en contra del comunicador Jhossan Gaudencio Capell de Castro, acusado de agredir físicamente a un familiar de una de las víctimas de la tragedia de la discoteca Jet Set.
Pese a que el Ministerio Público solicitó prisión preventiva para el comunicador, el magistrado desestimó la reclusión tras considerar que el imputado no presenta peligro de fuga.
Los detalles de la agresión en Ciudad Nueva
A Capell de Castro se le imputa haber incurrido en golpes y heridas voluntarios en perjuicio de José Luis Custodio Peña, padre de uno de los jóvenes que falleció tras el desplome del techo de la referida discoteca en abril de 2025.
De acuerdo con el expediente instrumentado por la fiscal investigadora Yesenia Hernández, el incidente ocurrió el pasado 27 de abril de este año 2026, alrededor de las 10:30 de la mañana, en el patio interno del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva. El imputado formaba parte de un grupo que manifestaba su apoyo a los procesados por el caso Jet Set, momento en el cual Custodio Peña intervino para expresar su desacuerdo con los reclamos.
Según la acusación, el comunicador se aproximó a la víctima y le propinó una bofetada en el rostro que le impactó directamente en el ojo derecho y la nariz. El hecho fue presenciado por varias personas y quedó registrado en las cámaras de seguridad del recinto, así como en los videos de los medios de comunicación que cubrían la jornada judicial.
Secuelas médicas y tipificación legal
A raíz del fuerte golpe recibido, Custodio Peña ha manifestado dolor persistente en el puente nasal, trauma en el oído derecho, visión borrosa y tinnitus (zumbido permanente). Debido a la gravedad de estas secuelas, la víctima se encuentra bajo estricto seguimiento por médicos especialistas en oftalmología y otorrinolaringología.
Capell de Castro había sido arrestado el pasado viernes mediante una orden judicial emitida por la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción. El Ministerio Público ha otorgado a este expediente la calificación jurídica provisional de violación al artículo 309 del Código Penal Dominicano, el cual tipifica y sanciona los golpes y heridas voluntarios.
